Excedentes 2007 - PREGUNTAS FRECUENTES
¿Desde cuándo se pueden cobrar los excedentes?
- A partir del 1 de julio de acuerdo a cronograma alfabético incluido en esta cartilla. Si usted por alguna razón, no puede hacer efectivo su cobro en este lapso, podrá hacerlo posteriormente hasta el 31 de diciembre del 2009 inclusive.
¿Quiénes recibirán este beneficio?
- Todos los SOCIOS ACTIVOS de COMTECO Ltda. registrados al 31 de diciembre del 2007.
¿Cómo se entregará el beneficio?
- El beneficio se entregará en efectivo, en todos los puntos de cobranza autorizados, de acuerdo a cronograma a aquellos socios que tienen su certificado de aportación. El pago se hará en función a la cantidad de certificados de aportación que tenga cada socio.
¿Cuáles son los requisitos?
- No tener deudas por cualquier servicio de COMTECO (si usted no estaría al día tanto en servicios como en acciones, podrá cancelar su deuda en la misma caja en la que se encuentre cobrando sus excedentes) (Corte unidireccional).
Presentar Cédula de identidad, RUN ó pasaporte.
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